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Legislación Nacional
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS Decreto 1935/2013 Créase la Unidad de Reestructuración de Deuda. Designación. Bs. As., 28/11/2013 VISTO el Expediente Nº S01:0259840/2013 del Registro del MINISTERIO DEECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, las Leyes Nros. 25.827, 26.547, 26.886sus modificatorias y complementarias, la Ley Nº 26.784 de PresupuestoGeneral de la Administración Nacional para el Ejercicio 2013, losDecretos Nros. 1.735 de fecha 9 de diciembre de 2004 y 563 de fecha 26de abril de 2010, y CONSIDERANDO: Que el Gobierno Nacional, en el marco de sus políticas financieras,está ejecutando un proceso de renegociación y reestructuración de ladeuda externa. Que dicha política se ha revelado eficaz para disminuir los costos deendeudamiento público, en el marco de la autonomía que caracteriza a lapolítica económica nacional. Que, en ese orden de ideas, y en virtud de las autorizaciones otorgadasoportunamente por el HONORABLE CONGRESO DE LA NACION, a través de lasleyes citadas, el PODER EJECUTIVO NACIONAL ha llevado adelante lasacciones necesarias para reestructurar la deuda del Estado Nacional, através de los Decretos Nros. 1.735 de fecha 9 de diciembre de 2004 y563 de fecha 26 de abril de 2010, con el objeto de consolidar susituación financiera y de normalizar las relaciones con los acreedores. Que el MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS es el responsable deestablecer la planificación estratégica de las negociaciones vinculadasa la mencionada cancelación de los servicios de deuda con organismosfinancieros internacionales y de deuda externa oficial bilateral. Que a los fines de realizar un abordaje integral de tal negociación, envirtud de la proximidad y de las problemáticas internacionalesvinculadas al servicio de deuda, resulta conveniente conformar, en elámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, la UNIDAD DEREESTRUCTURACION DE DEUDA, que tendrá entre sus cometidos asistir yasesorar al citado Ministerio en la determinación de los objetivos ylas políticas vinculadas con la reestructuración de la deuda pública yparticipar en las negociaciones inherentes a los aspectos crediticiosde la política financiera y el endeudamiento externo de la REPUBLICAARGENTINA con entes y organismos financieros extranjeros,multilaterales, públicos o privados y en las relaciones con lacomunidad financiera internacional y la coordinación de lasrepresentaciones en el exterior. Que en ese sentido, se persigue encarar integralmente las accionesnecesarias para continuar con la renegociación y reestructuraciónvinculada a la cancelación de los servicios de deuda con organismosfinancieros internacionales y de deuda externa oficial bilateral asícomo con los poseedores de bonos que no participaron de los canjes dedeuda de los años 2005 y 2010. Que a los efectos de prever la conducción de la mencionada Unidad,corresponde crear los cargos extraescalafonarios de Jefe de Unidad yCoordinador, asignándole a los mismos rango y jerarquía de Secretario ySubsecretario, respectivamente. Que, asimismo, y al solo efecto de posibilitar la inmediata puesta enfuncionamiento de la unidad en cuestión, corresponde facultar alMINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS a disponer su integración,así como también a dictar las normas complementarias, reglamentarias yde gestión que fueran necesarias para su funcionamiento. Que con el objeto de asegurar niveles óptimos de asesoramiento a laconducción de la UNIDAD DE REESTRUCTURACION DE DEUDA, resultapertinente incorporar a sus titulares, con carácter de excepción, alrégimen dispuesto por la Decisión Administrativa Nº 477 de fecha 16 deseptiembre de 1998. Que la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de laJEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención que lecompete. Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DEECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha tomado la intervención que le compete. Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultadesconferidas por el Artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL,los Artículos 6° y 10 de la Ley Nº 26.784 de Presupuesto General de laAdministración Nacional para el Ejercicio 2013. Por ello, LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA DECRETA: Artículo 1° Créase en elámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, la UNIDAD DEREESTRUCTURACION DE DEUDA, que será conducida por UN (1) Jefe deUnidad, asistido por UN (1) Coordinador. Art. 2° La Unidad que se crea por el artículo precedente tendrá a su cargo los siguientes cometidos: 1.- Asistir y asesorar al señor Ministro de Economía y FinanzasPúblicas en la determinación de los objetivos y políticas vinculadascon la reestructuración de la deuda pública. 2.- Participar en las negociaciones inherentes a los aspectoscrediticios de la política financiera y el endeudamiento externo de laREPUBLICA ARGENTINA con entes y organismos financieros extranjeros,multilaterales, públicos o privados. 3.- Participar en las relaciones con la comunidad financierainternacional y la coordinación de las representaciones en el exterior. Art. 3° Modifícase ladistribución del Presupuesto General de la Administración Nacional parael Ejercicio 2013 en la parte correspondiente a la Jurisdicción 50 -MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS - Recursos Humanos, deacuerdo al detalle obrante en las Planillas Anexas al presenteartículo, que forman parte integrante del mismo. Art. 4° Créase el cargoextraescalafonario de Jefe de Unidad de la UNIDAD DE REESTRUCTURACIONDE DEUDA, el que tendrá rango y jerarquía de Secretario. Art. 5° Créase el cargoextraescalafonario de Coordinador de la UNIDAD DE REESTRUCTURACION DEDEUDA, el que tendrá rango y jerarquía de Subsecretario. Art. 6° Incorpórase, concarácter de excepción, a partir de la entrada en vigencia del presentedecreto, el cargo de Jefe de Unidad de la UNIDAD DE REESTRUCTURACION DEDEUDA, en los Artículos 1°, 2° y 3°, así como al inciso b), de laPlanilla Anexa al Artículo 1° de la Decisión Administrativa Nº 477 defecha 16 de septiembre de 1998 y modificatorias. Art. 7° Incorpórase, concarácter de excepción, a partir de la entrada en vigencia del presentedecreto, el cargo de Coordinador de la UNIDAD DE REESTRUCTURACION DEDEUDA, en los Artículos 1°, 2° y 3°, así como al inciso c), de laPlanilla Anexa al Artículo 1° de la Decisión Administrativa Nº 477/98 ysus modificatorias. Art. 8° Desígnanse al DoctorD. Hernán Gaspar LORENZINO (M.I. Nº 22.598.613) en el cargo de Jefe deUnidad de la UNIDAD DE REESTRUCTURACION DE DEUDA, quien desempeñará susfunciones con carácter ad honorem, y al Licenciado D. Adrián EstebanCOSENTINO (M.I. Nº 18.460.901) en el cargo de Coordinador de dichaUnidad. Art. 9° Facúltase alMINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS para dictar las normascomplementarias que sean necesarias a fin de concretar elfuncionamiento de la UNIDAD DE REESTRUCTURACION DE DEUDA, creada por elArtículo 1° de la presente medida. Art. 10. Establécese que laUNIDAD DE REESTRUCTURACION DE DEUDA será asistida por la SECRETARIA DEFINANZAS del citado Ministerio para la consecución de sus fines. Art. 11. Comuníquese,publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial yarchívese. FERNANDEZ DE KIRCHNER. Jorge M. Capitanich. AxelKicillof. Planilla Anexa al Artículo 3° PRESUPUESTO 2013 JURISDICCION 50 - MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS PROGRAMA 01 - ACTIVIDADES CENTRALES ACTIVIDAD 02 - COORDINACION UNIDAD EJECUTORA - SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA RECURSOS HUMANOS CARGO O CATEGORIACANTIDAD DECARGOSHORAS DE CATEDRA PERSONAL PERMANENTE PERSONAL DEL SI.N.E.P. DECRETO Nº 2.098/08 F Subtotal Escalafón -2 -2 Planilla Anexa al Artículo 3° PRESUPUESTO 2013 JURISDICCION 50 - MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS PROGRAMA 01 - ACTIVIDADES CENTRALES ACTIVIDAD 01 - CONDUCCION Y DIRECCION SUPERIOR UNIDAD EJECUTORA - GABINETE MINISTERIAL RECURSOS HUMANOS CARGO O CATEGORIACANTIDAD DECARGOSHORAS DE CATEDRA PERSONAL PERMANENTE FUNCIONARIOS FUERA DE NIVEL JEFE DE UNIDAD COORDINADOR Subtotal Escalafón TOTAL PROGRAMA 1 1 2 2 |
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