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Legislación NacionalPRESUPUESTO Decreto 432/2013 Apruébase Modelo de Contrato de Préstamo BID AR-L1067 a celebrarse entre la República Argentina y el Banco Interamericano de Desarrollo. Bs. As., 22/4/2013 VISTO el Expediente Nº S01:0017210/2013 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, el Modelo de Contrato de Préstamo BID AR-L1067, propuesto para ser suscripto entre la REPUBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID), y CONSIDERANDO: Que mediante el Modelo de Contrato de Préstamo BID AR-L1067, el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) se compromete a asistir financieramente a la REPUBLICA ARGENTINA a fin de cooperar en la ejecución del Programa de Sustentabilidad y Competitividad Forestal por un monto de hasta DOLARES ESTADOUNIDENSES SESENTA MILLONES (U$S 60.000.000). Que el objetivo del Programa es contribuir al manejo sustentable y a la competitividad de las plantaciones forestales aumentando la calidad de los productos, tanto en la producción primaria como en la primera transformación, diversificando la base productiva, y mejorando el acceso a las cadenas productivas y los mercados para las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas. Que para la ejecución del referido Programa se desarrollarán DOS (2) componentes: (i) Mejoramiento de la Gestión; y (ii) Desarrollo y Transferencia de Tecnología. Que la ejecución del Programa y la utilización de los recursos del financiamiento serán llevadas a cabo por el MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA a través de la Unidad para el Cambio Rural, denominado en adelante como Organismo Ejecutor. Que la formalización de esta operación requiere que la REPUBLICA ARGENTINA, en su carácter de Prestataria y por intermedio del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, suscriba el Contrato de Préstamo BID AR-L1067, así como toda otra documentación relacionada con la operatoria de dicho préstamo. Que en virtud de ello, corresponde facultar al señor Ministro de Economía y Finanzas Públicas para que, en nombre y representación de la REPUBLICA ARGENTINA, suscriba el Contrato de Préstamo BID AR-L1067 y acuerde las modificaciones que sean convenientes para la ejecución del Programa de Sustentabilidad y Competitividad Forestal, siempre y cuando no constituyan cambios sustanciales al objeto y destino de los fondos, ni deriven en un incremento de su monto o una alteración en el procedimiento arbitral pactado. Que las condiciones generales, los plazos de amortización, las tasas de interés y demás cláusulas contenidas en el Modelo de Contrato de Préstamo propuesto para ser suscripto son los usuales que se pactan en este tipo de contratos y resultan adecuados a los propósitos y objetivos a los que será destinado el mencionado Préstamo. Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha tomado la intervención que le compete. Que la presente medida se dicta de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL y el Artículo 40 de la Ley Nº 11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2005). Por ello, LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA DECRETA: Artículo 1º Apruébase el Modelo de Contrato de Préstamo BID AR-L1067 a celebrarse entre la REPUBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID), por un monto de hasta DOLARES ESTADOUNIDENSES SESENTA MILLONES (U$S 60.000.000), destinado a financiar parcialmente el Programa de Sustentabilidad y Competitividad Forestal, que consta de las Estipulaciones Especiales integradas por SIETE (7) Capítulos, de las Normas Generales integradas por DIEZ (10) Capítulos y UN (1) Anexo Unico, cuyas copias autenticadas forman parte integrante del presente decreto como Anexo I. Asimismo, forman parte integrante de la presente medida, como Anexos II y III, las copias autenticadas de las Políticas para la Adquisición de Bienes y Obras Financiados por el Banco Interamericano de Desarrollo y las Políticas para la Selección y Contratación de Consultores Financiados por el Banco Interamericano de Desarrollo, respectivamente, ambas correspondientes a la edición del mes de marzo de 2011. Art. 2º Facúltase al señor Ministro de Economía y Finanzas Públicas, o al funcionario o funcionarios que el mismo designe, a suscribir, en nombre y representación de la REPUBLICA ARGENTINA, el Contrato de Préstamo BID AR-L1067 y su documentación adicional, conforme al modelo que se aprueba por el Artículo 1º del presente decreto. Art. 3º Facúltase al señor Ministro de Economía y Finanzas Públicas, o al funcionario o funcionarios que el mismo designe, a convenir y suscribir, en nombre y representación de la REPUBLICA ARGENTINA, modificaciones al Contrato de Préstamo BID AR-L1067, cuyo modelo se aprueba por el Artículo 1º de la presente medida, siempre que las mismas no constituyan cambios sustanciales en el objeto o destino de los fondos, ni deriven en un incremento de su monto o introduzcan modificaciones al procedimiento arbitral pactado. Art. 4º Desígnase al MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA a través de la Unidad para el Cambio Rural, como Organismo Ejecutor del Programa de Sustentabilidad y Competitividad Forestal, quedando facultado para realizar todas las operaciones y contrataciones necesarias para la ejecución del Programa, conforme las normas y procedimientos contenidos en el Modelo de Contrato de Préstamo que se aprueba por el Artículo 1º de la presente medida. Art. 5º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. FERNANDEZ DE KIRCHNER. Juan M. Abal Medina. Hernán G. Lorenzino. Norberto G. Yauhar. _______ NOTA: Los Anexos que integran este Decreto se publican en la edición web del BORA www.boletinoficial.gov.ar y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires). |
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