Buenos Aires, 26 de noviembre de 1998

Buenos Aires, 26 de noviembre de 1998.-

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de Ley

Artículo 1º: Establécese expresamente la prohibición de destinar las Plazas de Mayo, del Congreso, de la República y Del Libertador Gral. San Martín, para la realización de promociones turísticas de carácter privado y/o comerciales.

Artículo 2º: Comuníquese, etc.

ENRIQUE OLIVERA

MIGUEL ORLANDO GRILLO

LEY N° 109

Sanción: 26/11/98

Promulgación: Decreto N° 2957/98 del 18/12/98

Publicación: BOCBA N° 600 del 29/12/98