This page was exported from infojudicial.com.ar - Noticias Judiciales [ https://www.infojudicial.com.ar/areas ] Export date:Tue May 12 12:24:56 2026 / +0000 GMT ___________________________________________________ Title: Legislación Nacional --------------------------------------------------- LEY 23LEY 23.076Calificación de películas cinematográficas-Juzgamiento de Infracciones-Sustitución del art. 2°, segundo párrafo de la ley 23.052.Sanción: 5 julio 1984.Promulgación: 20 julio 1984.Publicación: B. O. 24/7/84.Art. 1°-Sustitúyese el segundo párrafo del art. 2° de la ley 23.052, por el siguiente:El Poder Ejecutivo reglamentará esta disposición, estableciendo sanciones que no superen los treintadías de clausura del local y los quinientos mil pesos argentinos de multa para los distribuidores y exhibidores que no cumplieran con las obligaciones impuestas en relación a las calificaciones que corresponden al Instituto Nacional de Cinematografía.Entenderá en el juzgamiento de las infracciones el Instituto Nacional de Cinematografia, con recursoante los jueces en lo correccional de la Capital Federal. El monto de las multas será actualizadotrimestralmente por el instituto Nacional de Cinematografía sobre la base del aumento registrado en elIndice de precios al por mayor nivel general publicado oficialmente por el instituto Nacional de estadística y Censos. La primera actualización será efectuada a los noventa (90) días a partir de la publicación de la presente ley.Art. 2°-La norma sobre la competencia del Instituto Nacional de Cinematografía para aplicar las sanciones previstas en el art. 20 de la ley 23.052, según el texto establecido por la presente ley, seaplicará de inmediato a las causas pendientes al momento de su promulgación.Art. 3º-Comuníquese, al Poder Ejecutivo.DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES , A LOS CINCO DIAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y CUATRO.J. C. PUGLIESE J. H. MARTINEZ Carlos A. Bravo Antonio J. Macris -Registrada bajo el Nº 23.076DECRETONº 2.212Bs. As., 20/7/84.POR TANTO:Tèngase por Ley de la Naciòn Nº 23.076, cùmplase, comunìquese, publiquese, dèse a la Direcciòn Nacional del Registro Oficial y archìvese.ALFONSINCarlos R. S. Alconada Aramburu. --------------------------------------------------- Images: --------------------------------------------------- --------------------------------------------------- Post date: 0000-00-00 00:00:00 Post date GMT: 0000-00-00 00:00:00 Post modified date: 0000-00-00 00:00:00 Post modified date GMT: 0000-00-00 00:00:00 ____________________________________________________________________________________________ Export of Post and Page as text file has been powered by [ Universal Post Manager ] plugin from www.gconverters.com