Legislación Nacional
Decreto Nº 450/2003 PRESIDENCIA DE LA NACIÓN Dase por aprobada una contratación celebrada ad referendum del Poder Ejecutivo Nacional, para cumplir funciones en la Administración de Servicios Generales de la Secretaría General.
Bs.As., 29/7/2003
VISTO la Ley N° 25.725, la Decisión Administrativa N° 7 del 24 de enero de 2003, el Decreto N° 491 del 12 de marzo de 2002 y lo solicitado por la SECRETARIA GENERAL, y
CONSIDERANDO:
Que por la citada Ley se aprobó el Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio 2003, aprobándose su distribución mediante la referida Decisión Administrativa N° 7/03.
Que el artículo 18 de la mencionada Ley establece que las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Pública Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes y financiados existentes al 1° de enero de 2003, ni los que se produzcan con posterioridad a dicha fecha, salvo decisión fundada del Jefe de Gabinete de Ministros o del PODER EJECUTIVO NACIONAL en virtud de las disposiciones del artículo 48 de la citada Ley.
Que mediante el Decreto N° 491/02 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada o descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la jurisdicción correspondiente.
Que resulta necesario la aprobación de un contrato, Nivel E Grado 0 de la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION, celebrado ad referendum del PODER EJECUTIVO NACIONAL y en los términos del artículo 9° del Anexo a la Ley 25.164 reglamentado por el Decreto N° 1421/02.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1° de la CONSTITUCION NACIONAL, y lo dispuesto por el artículo 1° del Decreto N° 491/02.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:
ARTICULO 1° Dase por aprobada la contratación del agente Daniel Antonio TORELLI (D.N.I.N°:20.512.524) en un cargo Nivel E Grado 0, a partir del 2 de enero y hasta el 31 de diciembre de 2003, celebrada ad referendum del PODER EJECUTIVO NACIONAL en los términos del artículo 9° del Anexo a la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164 y su reglamentación, para cumplir funciones en la Administración de Servicios Generales de la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION.
ARTICULO 2° El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto de la Jurisdicción 2001 SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION.
ARTICULO 3° Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. KIRCHNER. Aníbal D.Fernández.
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