This page was exported from infojudicial.com.ar - Noticias Judiciales [ https://www.infojudicial.com.ar/areas ] Export date:Mon May 11 22:33:06 2026 / +0000 GMT ___________________________________________________ Title: Legislación Nacional --------------------------------------------------- FUERZAS ARMADAS Y DE SEGURIDADFUERZAS ARMADAS Y DE SEGURIDADLey Nº 24.892Extiéndese el beneficio establecido por las Leyes 23.848 y 24.652 al personal de oficiales y suboficiales que se encuentren en situación de retiro o baja voluntaria y no gocen de derecho a pensión, que hubieren estado destinados en el Teatro de Operaciones Malvinas o entrado efectivamente en combate en el área del Teatro de Operaciones del Atlántico Sur. Extiéndese el citado beneficio a los derechohabientes mencionados en el artículo 53 de la Ley 24.241.Sancionada: Noviembre 5 de 1997Promulgada: Diciembre 2 de 1997B.O.: 09/11/97El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc.sancionan con fuerza de Ley:ARTICULO 1º-Extiéndese el beneficio establecido por las Leyes 23.848 y 24.652 al personal de oficiales y suboficiales de las Fuerzas Armadas y de Seguridad que se encuentren en situación de retiro o baja voluntaria y no gocen de derecho a pensión alguna en virtud de la Ley 19.101 y sus complementarias, que hubieren estado destinados en el Teatro de Operaciones Malvinas o entrado efectivamente en combate en el área del Teatro de Operaciones del Atlántico Sur.ARTICULO 2º-Extiéndese el beneficio del artículo 1º a los derechohabientes mencionados en el artículo 53 de la Ley 24.241. A falta de ellos, serán beneficiarios los padres incapacitados para el trabajo y a cargo del causante a la fecha de su deceso, siempre que no gozaren de jubilación, pensión o prestación no contributiva, salvo que optaren por la pensión otorgada por la presente ley.ARTICULO 3º- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente ley serán atendidos con imputación a las partidas específicas del Presupuesto General de la Administración Publica, Jurisdicción Ministerio de Defensa.ARTICULO 4º-Comuníquese al Poder Ejecutivo.DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS CINCO DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE.-REGISTRADO BAJO EL N. 24.-ALBERTO R. PIERRI.-EDUARDO MENEM. -Esther H. Pereyra Arandía de Perez Pardo. Edgardo Piuzzi. --------------------------------------------------- Images: --------------------------------------------------- --------------------------------------------------- Post date: 0000-00-00 00:00:00 Post date GMT: 0000-00-00 00:00:00 Post modified date: 0000-00-00 00:00:00 Post modified date GMT: 0000-00-00 00:00:00 ____________________________________________________________________________________________ Export of Post and Page as text file has been powered by [ Universal Post Manager ] plugin from www.gconverters.com