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MUSEOS Y MONUMENTOS Y LUGARES HISTORICOS MUSEOS Y MONUMENTOS Y LUGARES HISTORICOS Ley Nº 24.897 Declárase Lugar Histórico Nacional bajo la tipología de Sitio Arqueológico un área de reserva paleontológica y Ecológica en la Provincia del Neuquén. Sancionada: Noviembre 5 de 1997 Promulgada: Noviembre 28 de 1997 B.O: 10/12/97 El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley: ARTICULO 1º-Declárase Lugar Histórico Nacional bajo la tipología de Sitio Arqueológico, a la zona de la provincia del Neuquén delimitada por: al norte la intersección de la Ruta Nacional 237 y el acceso a la Villa y represa de El Chocón; al sur por la intersección de la ruta mencionada y el acceso a la localidad de Picún Leufú; al este por la línea de costa del margen neuquino del Lago Exequiel Ramos Mexia y al oeste por una línea imaginaria paralela a dicha línea de costa y a 5 kilómetros de esta, según se detalla en el plano que se incorpora como anexo 1. ARTICULO 2º-Incorpórese en el Registro de Bienes a cargo de la Comisión Nacional de Museos y Monumentos y Lugares Históricos, el yacimiento mencionado en el artículo anterior. ARTICULO 3º-La Comisión Nacional de Museos y Monumentos y Lugares Históricos, convendrá con las autoridades pertinentes de la provincia del Neuquén, los términos y el alcance de la cooperación a brindar. ARTICULO 4º-Comuniquese al Poder Ejecutivo, DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS CINCO DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE. -REGISTRADA BAJO EL Nº 24.- ALBERTO R. PIERRI.-EDUARDO MENEM.-Esther H. Pereyra Arandía de Pérez Pardo.-Edgardo Piuzzi. Anexo I Decreto 1305/97 Bs. As., 28/11/97 POR TANTO: Téngase por Ley de la Nación Nº 24.897, cúmplase, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-MENEM.-Jorge A. Rodríguez.-Susana B. Decibe. |