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Legislación NacionalMONUMENTOS Y LUGARES HISTORICOS MONUMENTOS Y LUGARES HISTORICOS Ley 25.004 Declárase lugar histórico nacional a la antigua casa ubicada en la ciudad de Roque Pérez, provincia de Buenos Aires, en la que vivió parte de su infancia el Teniente General Juan Domingo Perón. Sancionada: Julio 1º de 1998 Promulgada: Julio 22 de 1998 B.O: 28/7/98 El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley: ARTICULO 1°—De acuerdo a lo dispuesto en las Leyes 12.665 y 24.252, declárase lugar histórico nacional a la antigua casa ubicada en la ciudad de Roque Pérez, provincia de Buenos Aires, en la que vivió parte de su infancia el Teniente General Juan Domingo Perón. ARTICULO 2°—La citada vivienda se encuentra emplazada en la calle Bartolomé Mitre entre las calles Azcazubi y Presbítero Francisco Massobrio de la ciudad de Roque Pérez, provincia de Buenos Aires, denominada catastralmente como Circunscripción F, Sección C, Manzana 117, Parcela 12 del Partido de Roque Pérez. ARTICULO 3°—Comuníquese al Poder Ejecutivo. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, EL DIA PRIMERO DE JULIO DEL AÑO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO. —REGISTRADA BAJO EL Nº 25.004— ALBERTO R. PIERRI — CARLOS F. RUCKAUF. —Esther H. Pereyra Arandía de Perez Pardo — Edgardo Piuzzi. Decreto 852/98 Bs. As., 22/7/98 POR TANTO: Téngase por Ley de la Nación Nº 25.004 cúmplase, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese — MENEM —Jorge A. Rodríguez. — Susana B. Decibe. |
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