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Legislación NacionalMONUMENTOS Y LUGARES HISTORICOS MONUMENTOS Y LUGARES HISTORICOS Ley 25.058 Declárase lugar histórico nacional, la casa natal del poeta Homero Manzi, sita en el Departamento General Taboada, de la provincia de Santiago del Estero. Sancionada: Noviembre 26 de 1998. Promulgada: Diciembre 29 de 1998. B.O.: 08/01/98 El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc., sancionan con fuerza de Ley: ARTICULO 1° —Declárase lugar histórico nacional, la casa natal del poeta Homero MANZI, sita en lote 6°, de la 1° reserva de la estancia de Añatuya, Departamento General Taboada, de la provincia de Santiago del Estero, MFR -3193, con superficie de una hectárea. ARTICULO 2° —La Comisión Nacional de Museos y de Monumentos y Lugares Históricos, convendrá con el respectivo organismo provincial los aspectos relativos a la conservación de la referida finca. ARTICULO 3° —Comuníquese al Poder Ejecutivo. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS VEINTISEIS DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO. —REGISTRADA BAJO EL N° 25.058— ALBERTO R. PIERRI. —EDUARDO MENEM. —Esther H. Pereyra Arandía de Pérez Pardo. —Mario L. Pontaquarto. Decreto 1556/98 Bs. As., 29/12/98 B.O.: 08/01/99 POR TANTO: Téngase por Ley de la Nación N° 25.058 cúmplase, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. —MENEM. —Jorge A. Rodríguez.—Susana B. Decibe. |
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