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Legislación NacionalBuenos Aires, 04 de junio de 1998 Buenos Aires, 04 de junio de 1998.- La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sanciona con fuerza de Ley Artículo 1º - Condónase la deuda impositiva que, por todo concepto, mantiene la Asociación Israelita Argentina Pro-Arte I.F.T., por el pago de las Contribuciones de Alumbrado, Barrido y Limpieza, Territorial y de Pavimentos y Aceras y Ley Nº 23.514, del inmueble sito en la calle Boulogne Sur Mer 547/9/53. Artículo 2º - Comuníquese, etc. ANÍBAL IBARRA MIGUEL ORLANDO GRILLO LEY N° 36 Sanción: 04/06/98 Promulgación: Decreto N° 1284/98 del 07/07/98 Publicación: BOCBA N° 488 del 17/07/98 |
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