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Legislación NacionalBuenos Aires, 30 de diciembre de 1998 Buenos Aires, 30 de diciembre de 1998.- La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sanciona con fuerza de Ley Artículo 1º - Apruébase el Convenio celebrado entre el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, y la Secretaría de Programas de Salud del Ministerio de Salud y Acción Social de la Nación, el que como Anexo I, que a todos los efectos forma parte integrante del presente, cuyo objeto radica en la asignación de fondos, practicada por la Autoridad Nacional por a través de la modalidad de transferencias, para cumplimentar en el ámbito de los establecimientos asistenciales y sus Areas Programáticas (Centros de Salud) dependientes de la Secretaría de Salud del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, el Programa Materno Infantil, en el marco del Compromiso a Favor de la Madre y el Niño, con identificación de la fuente de financiamiento de origen nacional, para programas sociales. Artículo 2º - Comuníquese, etc. ENRIQUE OLIVERA MIGUEL ORLANDO GRILLO LEY N° 147 Sanción: 30/12/98 Promulgación: Decreto N° 168/99 del 22/01/99 Publicación: BOCBA N° 623 del 02/02/99 |
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