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Buenos Aires, 23 de septiembre de 1999 Buenos Aires, 23 de septiembre de 1999.- La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sanciona con fuerza de Ley Artículo 1º - Se prorroga el plazo para la reglamentación de la Ley 123 en ciento ochenta (180) días a partir de la publicación de la presente con relación a actividades, proyectos y emprendimientos categorizados como de mediano y bajo impacto ambiental. Art. 2º - Comuníquese, etc. ANIBAL IBARRA MIGUEL ORLANDO GRILLO LEY N° 256 Sanción: 23/09/99 Promulgación: De Hecho del 21/10/99 Publicación: BOCBA N° 816 del 10/11/99 |