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Legislación NacionalBuenos Aires, 17 de febrero de 2000 Buenos Aires, 17 de febrero de 2000.- La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sanciona con fuerza de Ley Artículo 1º: Condónase al Centro Juvenil Apostólico la deuda por Contribuciones de Alumbrado, Barrido y Limpieza, Territorial y de Pavimentos y Aceras y Ley Nº 23.514, que mantiene con el Gobierno de la Ciudad, correspondiente al inmueble sito en la calle Dávila Nº 775, partida Nº 0140296/01. Art. 2º: Comuníquese, etc. CRISTIAN CARAM RUBÉN GÉ LEY N° 338 Sanción: 17/02/2000 Promulgación: Decreto Nº 271/2000 del 13/03/2000 Publicación: BOCBA N° 906 del 21/03/2000 |
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