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Legislación NacionalLey 25 Ley 25.346 DECLARACION DEL DIA 3 DE DICIEMBRE COMO DIA NACIONAL DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD BUENOS AIRES, 25 DE OCTUBRE DE 2000 BOLETIN OFICIAL, 27 DE NOVIEMBRE DE 2000 El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc., sancionan con fuerza de Ley:
Artículo 1 ARTICULO 1.- Declárase el 3 de diciembre Día Nacional de las personas con Discapacidad, con el propósito de: a) Divulgar las normas que amparan a las personas con discapacidad, especificando los derechos y sosteniendo la responsabilidad de su cumplimiento por parte de los involucrados directos en proporcionarlos y del conjunto de la sociedad en exigirlos; b) Fortalecer las acciones tendientes a establecer principios de igualdad de oportunidades superando las desigualdades que en cualquier orden y ámbito, constituyen dificultades para las personas con discapacidad; c) Fomentar conductas responsables y solidarias para recrear una sociedad que incluya y posibilite el logro de los derechos universales para todas las personas con discapacidad. Artículo 2 ARTICULO 2.- Los organismos estatales responsables de la atención a las personas con discapacidad, elaborarán juntamente con los del área de Educación, Cultura y Deporte, los programas a implementarse en relación al artículo 1 y en orden al fomento de conductas solidarias. Artículo 3 ARTICULO 3.- El Poder Ejecutivo reglamentará la presente ley en el término de 60 días a partir de su sanción. Artículo 4 ARTICULO 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo. FIRMANTES RAFAEL PASCUAL - ANTONIO F. CAFIERO - Roberto C. Marafioti - Alejandro L. Colombo. |
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