LEY 11725

HIPOTECA

Divisibilidad

sanc. 26/9/1933; promul. 28/9/1933; publ. 30/9/1933

Art. 1.- Modifícanse los artículos 682 , 3112 y 3188 del Código Civil (numeración antigua), en la siguiente forma:

(Los textos han sido incorporados en el Código).

Art. 2.- Insértese en la primera edición oficial del Código Civil de acuerdo con la reforma.

Art. 3.- Comuníquese, etc.