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Legislación Nacionalvar disURL = '1297838/1297940/ly_12935.htm' ;document.write("");]]> LEY 12935 LEGISLACIÓN Universidad Nacional de Tucumán. Aceptación del legado del Dr. Miguel Lillo. Convenio de permuta. Aprobación. Decretos del Poder Ejecutivo. Sanción legislativa sanc. 15/01/1947; promul. 04/03/1947; publ. 27/06/1947 El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de ley: Art. 1.– Sanciónanse con fuerza de ley los decretos 25253/1945 y 14729/1946 referentes a la aceptación del legado que hiciera a la Universidad Nacional de Tucumán, el eminente hombre de ciencia argentino, doctor Miguel Lillo. Art. 2.– Sanciónanse con fuerza de ley los decretos 31009/1945 y 16188/1946 relativos a la aprobación del convenio celebrado con fecha 7 de julio de 1945 entre el señor Ministro de Justicia e Instrucción Pública y la Dirección General de Yacimientos Petrolíferos Fiscales, por el cual se permuta el inmueble que ocupa el Instituto del Profesorado en Lenguas Vivas Juan R. Fernández, por el nuevo edificio que Yacimientos Petrolíferos Fiscales se obliga a construir. Art. 3.– En la publicación oficial de esta ley se transcribirá el texto de los decretos que por ella se ratifican. Art. 4.– Comuníquese, etc. Quijano - Reales - Guardo - Zavalla Carbó |
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