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Legislación Nacional


Decreto Nº 586/2003

INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL

Desígnase Secretario de Contralor, como excepción a lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley Nº 25.725.

Bs.As., 13/8/2003

VISTO el Expediente Nº 2143/03, del Registro del INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL, la Ley Nº 25.725, y el Decreto Nº 491 del 12 de marzo de 2002, y 

CONSIDERANDO:

Que por la Ley citada en el VISTO, se aprobó el Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio 2003.

Que por el artículo 18 de la mencionada Ley se establece que las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Pública Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de sanción de dicha Ley, ni los que se produzcan con posterioridad a dicha fecha, salvo decisión fundada del Jefe de Gabinete de Ministros o del PODER EJECUTIVO NACIONAL en virtud de las disposiciones del artículo 48 de la citada Ley.

Que mediante el Decreto Nº 491/02 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente.

Que en virtud de encontrarse vacante el cargo extraescalafonario del titular de la Secretaría de Contralor del INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL, Organismo Descentralizado dependiente del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, el citado Instituto considera imprescindible su cobertura.

Que tal requerimiento implica resolver la cobertura de dicho cargo mediante una excepción a lo previsto en el artículo 18 de la Ley Nº 25.725.

Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario alguno.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 7º de la CONSTITUCION NACIONAL y de los artículos 18 y 48 de la Ley Nº 25.725 y lo dispuesto por el artículo 1º del Decreto Nº 491/02.

Por ello, 

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:

ARTICULO 1º — Desígnase Secretario de Contralor del INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL, dependiente del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, al Contador Público D.Angel Ricardo PISOCHIN (L.E.4.519.882), como excepción a lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley Nº 25.725.

ARTICULO 2º — Los gastos que demande el cumplimiento del presente Decreto serán atendidos con cargo a las partidas específicas del presupuesto del INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL.

ARTICULO 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — KIRCHNER.— Alberto A.Fernández.— Alicia M.Kirchner.

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