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LEY 14746 CEREMONIAL Ceremonias, actos o festejos especiales. Normas que disponen atuendos determinados. Derogación sanc. 30/9/1958; promul. 21/10/1958; publ. 25/10/1958 El Senado y la Cámara de Diputados de la Nación Argentina, reunidos en Congreso, sancionan con fuerza de ley: Art. 1.– A partir de la sanción de la presente ley quedan abolidas, en el orden nacional, todas las normas que dispongan la exigencia de un atuendo determinado durante la realización de ceremonias, actos o festejos oficiales. Art. 2.– Comuníquese al Poder Ejecutivo. Gómez - Viscay - Monjardín - Oliver
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