This page was exported from infojudicial.com.ar - Noticias Judiciales [ https://www.infojudicial.com.ar/areas ] Export date:Tue May 12 21:53:52 2026 / +0000 GMT ___________________________________________________ Title: Legislación Nacional --------------------------------------------------- LEY 15015ELECCIONESTRABAJOTrabajadores que ocupen cargos electivos. Reserva de sus empleos. Reincorporación sanc. 15/11/1959; promul. 10/12/1959; publ. 17/12/1959El Senado y la Cámara de Diputados de la Nación Argentina, reunidos en Congreso, sancionan con fuerza de ley:Art. 1.– Los trabajadores que por razón de ocupar cargos electivos en el orden nacional, provincial o municipal, dejaran de prestar servicios en sus empleos, tendrán derecho a la reserva del mismo por parte del empleador, y a ser reincorporados al finalizar el ejercicio de sus funciones, no pudiendo ser despedidos durante el término de un año, a partir de la cesación de las mismas.El período de tiempo durante el cual los trabajadores hubieran desempeñado las funciones precedentemente aludidas, será considerado período de trabajo, a los efectos del cómputo de su antigüedad frente a los beneficios que por las leyes, decretos, convenciones colectivas o acuerdos le hubieren correspondido en el caso de haber prestado servicios.Art. 2.– La presente ley se aplicará retroactivamente a partir del 1 de mayo de 1958.Art. 3.– Los beneficios consagrados por esta ley son de orden público.Art. 4.– Comuníquese al Poder Ejecutivo.Guido - Monjardín - Barraza - González --------------------------------------------------- Images: --------------------------------------------------- --------------------------------------------------- Post date: 0020-00-09 20:08:18 Post date GMT: 0020-00-09 20:08:18 Post modified date: 0020-00-09 20:08:18 Post modified date GMT: 0020-00-09 20:08:18 ____________________________________________________________________________________________ Export of Post and Page as text file has been powered by [ Universal Post Manager ] plugin from www.gconverters.com