LEY 15921

SEGURIDAD SOCIAL

Jubilaciones y pensiones. Régimen de compatibilidad. Vigencia. Prórroga

sanc. 29/9/1961; promul. 18/10/1961; publ. 24/10/1961

El Senado y la Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso sancionan con fuerza de ley:

Art. 1.– Prorrógase hasta el 30 de septiembre de 1962 el Régimen de Compatibilidad establecido por el decreto ley 12458/1957 y decreto 8320/1958 , con la modificación de la ley 15434 .

Art. 2.– Comuníquese al Poder Ejecutivo.

García - López Serrot - Barraza - Oliver