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LEY 15921 SEGURIDAD SOCIAL Jubilaciones y pensiones. Régimen de compatibilidad. Vigencia. Prórroga sanc. 29/9/1961; promul. 18/10/1961; publ. 24/10/1961 El Senado y la Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso sancionan con fuerza de ley: Art. 1.– Prorrógase hasta el 30 de septiembre de 1962 el Régimen de Compatibilidad establecido por el decreto ley 12458/1957 y decreto 8320/1958 , con la modificación de la ley 15434 . Art. 2.– Comuníquese al Poder Ejecutivo. García - López Serrot - Barraza - Oliver
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