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var disURL = '1284192/1285872/ly_16789.htm' ;document.write("");]]> LEY 16789 CONTRATACIONES DEL ESTADO AUTOMOTORES Organismos públicos. Adquisición de automotores de industria nacional sanc. 30/10/1965; promul. 30/11/1965; publ. 10/12/1965 El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc., sancionan con fuerza de ley: Art. 1.– A partir de la fecha de la promulgación de la presente ley, todos lo poderes, reparticiones, organismos y entidades del Estado Nacional que adquieran automóviles destinados a su servicio, deberán comprarlos entre los productos de la industria automotriz nacional. Art. 2.– Comuníquese, etc. Perette - Rodríguez - Del Franco - Oliver
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