This page was exported from infojudicial.com.ar - Noticias Judiciales [ https://www.infojudicial.com.ar/areas ] Export date:Tue May 12 8:58:31 2026 / +0000 GMT ___________________________________________________ Title: Legislación Nacional --------------------------------------------------- .LEY 16905SERVICIO EXTERIORIngreso al cuadro permanente del Servicio Exterior. Normas. Modificaciónsanc. 14/7/1966; promul. 14/7/1966; publ. 21/7/1966Visto el propósito de dar a los órganos gubernativos una estructura eficiente yConsiderando:Que la necesidad de hacer del servicio exterior de la Nación un instrumento idóneo para alcanzar los objetivos de nuestra política exterior exige que tenga una estructura orgánica, vertical y jerárquica en su cuadro permanente, integrado por funcionarios altamente capacitados;Que la organicidad de la carrera diplomática requiere que ésta sea iniciada por la categoría inferior del escalafón, a fin de que sus funcionarios se capaciten gradualmente para el ejercicio sucesivo de las responsabilidades correspondientes a los distintos grados jerárquicos;Que la idoneidad de los candidatos a integrar el cuadro permanente del cuerpo diplomático, debe ser previamente comprobada mediante exámenes de competencia profesional y la acreditación de las demás condiciones que la digna representación de la Nación exige;Que el ap. c) del inc. 7 del art. 10 de la ley 12951, reformado por el art. 3 de la ley 16486, al posibilitar designaciones para todas las categorías del cuadro permanente –sin prueba de idoneidad– al coexistir con el sistema de concursos para la provisión de cargos de agregado y vicecónsul, viola el principio de justicia, vulnera el espíritu de cuerpo de la institución y atenta contra el principio de igualdad consagrado en el art. 16 de la Constitución Nacional;Por ello, en ejercicio de las facultades legislativas que le confiere el art. 5 del Estatuto de la Revolución Argentina,El presidente de la Nación Argentina sanciona y promulga con fuerza de ley:Art. 1.– Modifícase el ap. c) del inc. 7 del art. 10 de la ley 12951, reformado por el art. 3 de la ley 16486, por el siguiente:c) El ingreso al cuadro permanente del servicio exterior de la Nación se efectuará exclusivamente por concurso y por la categoría “I” agregado y vicecónsul.Art. 2.– El Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto proyectará un Estatuto Orgánico del Servicio Exterior de la Nación, dentro de la mayor brevedad.Art. 3.– Comuníquese, etc.Onganía – Costa Méndez  --------------------------------------------------- Images: --------------------------------------------------- --------------------------------------------------- Post date: 0020-00-09 20:09:47 Post date GMT: 0020-00-09 20:09:47 Post modified date: 0020-00-09 20:09:47 Post modified date GMT: 0020-00-09 20:09:47 ____________________________________________________________________________________________ Export of Post and Page as text file has been powered by [ Universal Post Manager ] plugin from www.gconverters.com