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Legislación Nacional


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LEY 17273

CONVENIOS INTERNACIONALES

Japón

Tratado de Amistad, Comercio y Navegación con Japón. Aprobación

sanc. 09/05/1967; promul. 09/05/1967; publ. 18/05/1967

En uso de las atribuciones conferidas por el art. 5 del Estatuto de la Revolución Argentina,

El presidente de la Nación Argentina sanciona y promulga con fuerza de ley:

Art. 1.– Apruébese el “Tratado de Amistad, Comercio y Navegación” suscripto en la ciudad de Tokio el 20 de diciembre de 1961, entre la República Argentina y el Japón.

Art. 2.– Comuníquese, etc.

Onganía - Costa Méndez

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