This page was exported from infojudicial.com.ar - Noticias Judiciales [ https://www.infojudicial.com.ar/areas ] Export date:Tue May 12 14:41:45 2026 / +0000 GMT ___________________________________________________ Title: Legislación Nacional --------------------------------------------------- LEY 17861INVERSIONESPRESUPUESTO NACIONALEjercicios hasta 1980Fondo de Integración Territorial. Recursos. Incremento. ModificaciónFondo de Integración Territorial. Recursos. Incremento. Modificación sanc. 19/08/1968; promul. 19/08/1968; publ. 16/10/1968Excelentísimo presidente:Con fecha 5 de agosto de 1968 se promulgó la ley 17834 en virtud de la cual se incrementaron en la suma de mil quinientos millones de pesos moneda nacional (m$n 1.500.000.000) los recursos del Fondo de Integración Territorial con el objeto de financiar inversiones en la provincia de Tucumán.El art. 1 de dicha ley al enunciar el incremento, omitió consignar que los fondos se dirigían a la partida del Presupuesto de la Administración nacional denominada “Aportes a provincias”, sobre cuya base se constituyó el Fondo de Integración Territorial por la ley 17678 .Por otra parte, el art. 3 consignó que los fondos se tomarían de la Compañía Inmobiliaria y Financiera Empresa Nacional (Cifen), cuando debió decir de “Comercial, inmobiliaria y financiera (Cifen)”Por tanto, y a fin de corregir los errores señalados, elevo a vuestra consideración el adjunto proyecto de ley.Dios guarde a vuestra excelencia.Borda - Krieger Vasena - Díaz - Colodrero - BungeEn uso de las atribuciones conferidas por el art. 5 del Estatuto de la Revolución Argentina,El presidente de la Nación Argentina sanciona y promulga con fuerza de ley:Art. 1.– Sustitúyese el art. 1 de la ley 17834, por el siguiente:“Increméntase en la suma de mil quinientos millones de pesos moneda nacional (m$n 1.500.000.000) los recursos destinados en el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 1968 a Aportes a provincias''; y el art. 3 de la misma ley, por el siguiente: Los fondos a que se refiere el art. 1 se tomarán de la Comercial Inmobiliaria y Financiera Empresa Nacional (Cifen) y se incorporarán al rubro pertinente del cálculo de recursos del presupuesto, que se modifica por el art. 1 ”.Art. 2.– Comuníquese, etc.Onganía - Borda --------------------------------------------------- Images: --------------------------------------------------- --------------------------------------------------- Post date: 0020-00-09 20:11:28 Post date GMT: 0020-00-09 20:11:28 Post modified date: 0020-00-09 20:11:28 Post modified date GMT: 0020-00-09 20:11:28 ____________________________________________________________________________________________ Export of Post and Page as text file has been powered by [ Universal Post Manager ] plugin from www.gconverters.com