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LEY 17889 PROCEDIMIENTO PENAL Edictos del fuero criminal. Publicación sintetizada y sin cargo sanc. 18/09/1968; promul. 18/09/1968; publ. 24/09/1968 El presidente de la Nación Argentina sanciona y promulga con fuerza de ley: Art. 1.– Autorízase al Poder Ejecutivo Nacional a disponer en el Boletín Oficial la publicación, sin cargo, de edictos originados en el fuero criminal, a los que corresponda un mismo texto, en extractos, agrupados por juzgados y secretarías encabezados por una fórmula común. Art. 2.– Comuníquese, etc. Onganía - Borda
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