|
LEY 18758 SERVICIO MILITAR Ley de Servicio Militar. Modificación sanc. 20/08/1970; promul. 20/08/1970; publ. 26/08/1970 En uso de las atribuciones conferidas por el art. 5 del Estatuto de la Revolución Argentina, El presidente de la Nación Argentina sanciona y promulga con fuerza de ley: Art. 1.– Agrégase a continuación del art. 11 de la ley 17531 (Ley de Servicio Militar - Servicio Militar Masculino), lo siguiente: Los argentinos por opción, menores de 36 años, que hubieren optado por la ciudadanía argentina con posterioridad a la fecha del sorteo de su clase, serán incluidos en el sorteo que se realice el año en que se perfeccione la opción, si ella fuere declarada antes del 1 de marzo. Si la obtuviesen después de la fecha indicada, serán incluidos en el sorteo que se realice el año siguiente. Art. 2.– Comuníquese, etc. Levingston - Cáceres Monié
|