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LEY 18844 EXPROPIACIÓN Superficie destinada a la creación del Parque y Reserva El Palmar, provincia de Entre Ríos sanc. 30/11/1970; promul. 30/11/1970; publ. 29/12/1970 En uso de las atribuciones conferidas por el art. 5 del Estatuto de la Revolución Argentina, El presidente de la Nación Argentina sanciona y promulga con fuerza de ley: Art. 1.– Reitérase la declaración de utilidad pública y sujeta a expropiación, con destino a la creación del parque y reserva nacional El Palmar, la superficie delimitada en el art. 2 de la ley 16802. Art. 2.– Comuníquese, etc. Levingston - Ferrer
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