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LEY 19352 ORGANISMOS INTERNACIONALES Naciones Unidas. Uso de emblema, sello oficial y nombre. Prohibición sanc. 2/12/1971; promul. 2/12/1971; publ. 13/12/1971 En uso de las atribuciones conferidas por el art. 5 del Estatuto de la Revolución Argentina, El comandante en jefe de la Fuerza Aérea en ejercicio de la Presidencia de la Nación sanciona y promulga con fuerza de ley: Art. 1. Prohíbese, en todo el territorio de la República, el uso del emblema, sello oficial y nombre de las Naciones Unidas, sin la correspondiente autorización previa, otorgada por la secretaría general de dicha organización. Art. 2. Comuníquese, etc. Rey Quijano
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