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LEY 19487 CONVENIOS INTERNACIONALES Convenios Multilaterales LIBROS Centro Regional para el Fomento del Libro en América Latina. Adhesión sanc. 9/2/1972; promul. 9/2/1972; publ. 18/2/1972 En uso de las atribuciones conferidas por el art. 5 del Estatuto de la Revolución Argentina, El presidente de la Nación Argentina sanciona y promulga con fuerza de ley: Art. 1. Apruébase la adhesión del Gobierno de la República Argentina al Centro Regional para el Fomento del Libro en América Latina. Art. 2. Comuníquese, etc. Lanusse de Pablo Pardo
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