Legislación Nacional
Decreto Nº 665/2003 MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS Exceptúase a la citada Jurisdicción de la prohibición contenida en el artículo 18 de la Ley N° 25.725, al solo efecto de cubrir un cargo en la Dirección de Gestión Informática, dependiente de la Subsecretaría de Coordinación e Innovación.
Bs.As., 26/8/2003
VISTO el expediente N° 122.172/99 del registro del ex MINISTERIO DE JUSTICIA hoy MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS, la Ley N° 25.725 y los Decretos N° 993/91 T.O.1995, N° 491 del 12 de marzo de 2002 y N° 601 del 11 de abril de 2002, y
CONSIDERANDO:
Que por las actuaciones mencionadas en el VISTO se tramitó el proceso de selección para la cobertura del cargo Líder de Proyecto, nivel escalafonario SINAPA letra C, de la DIRECCION DE GESTION INFORMATICA dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION E INNOVACION del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS.
Que como resultado de dicho proceso de selección se dictó la Resolución M.J.N° 661 del 26 de octubre de 1999, por la que se aprobó el Orden de Mérito Definitivo, alcanzando el señor Omar Alejandro ELIA, agente nivel escalafonario SINAPA letra D de la Dirección aludida en el párrafo anterior, el máximo puntaje para acceder a la titularidad del cargo objeto de la selección.
Que el referido Orden de Mérito Definitivo fue debidamente notificado (constancias obrantes a fs.28 vta.y 31/35) y atento la inexistencia de impugnaciones, se encuentra firme.
Que no obstante lo expuesto, la promoción del candidato seleccionado en primer término no fue efectuada debido a las sucesivas normas que dispusieron el congelamiento de cargos vacantes en el ámbito de la Administración Pública Nacional, a partir del 1° de enero de 2000.
Que resulta necesario proceder a la efectivización de la promoción a fin de asegurar el cumplimiento de los objetivos asignados a la DIRECCION DE GESTION INFORMATICA.
Que el Decreto N° 491/02, aclarado por su similar N° 601/02, estableció que toda designación, asignación de funciones, promoción y reincorporación de personal en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, a propuesta de la jurisdicción correspondiente.
Que en este sentido el MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS, propone promover al señor Omar Alejandro ELIA al cargo Nivel C Líder de Proyecto de la DIRECCION DE GESTION INFORMATICA de dicha jurisdicción, de conformidad con lo expresado en los considerandos del presente.
Que la promoción señalada en el párrafo precedente no constituye asignación de recurso extraordinario alguno, habida cuenta que el cargo se encuentra vacante y financiado.
Que ha tomado intervención el servicio permanente de asesoramiento jurídico del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS, expidiéndose favorablemente.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL, el artículo 1° del Decreto N° 491/02, el Decreto N° 601/02, y los artículos 18 y 48 de la Ley N° 25.725.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:
ARTICULO 1° Exceptúase al MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS de la prohibición contenida en el artículo 18 de la Ley N° 25.725, al solo efecto de cubrir UN (1) cargo vacante financiado, nivel escalafonario SINAPA letra C Líder de Proyecto de la DIRECCION DE GESTION INFORMATICA, dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION E INNOVACION de dicha Jurisdicción.
ARTICULO 2° Promuévese al cargo nivel escalafonario SINAPA letra C Líder de Proyecto de la DIRECCION DE GESTION INFORMATICA dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION E INNOVACION del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS, referido en el artículo 1°, al señor Omar Alejandro ELIA (D.N.I.N° 14.555.180).
ARTICULO 3° El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con los créditos asignados a la Jurisdicción 40 MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS.
ARTICULO 4° Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. KIRCHNER. Alberto A.Fernández. Gustavo Beliz.
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