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LEY 19756 VITIVINICULTURA Litro de vino expedido. Sobretasa. Modificación sanc. 28/7/1972; promul. 28/7/1972; publ. 4/8/1972 Art. 1. Modifícase el art. 1 de la ley 18976, modificatoria del art. 9 , inc. a) de la ley 14878 y del art. 1 de la ley 16773 que quedará redactado de la siguiente forma: a) Con una sobretasa de hasta $ 0,025 por litro de vino expedido. El Poder Ejecutivo nacional regulará la misma conforme a las necesidades del cumplimiento de la presente ley. A dicha sobretasa le son aplicables todas las disposiciones legales que rigen para el impuesto interno nacional unificado al vino, y será percibido juntamente con él. Art. 2. Comuníquese, etc.
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