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LEY 20108 MUNICIPALIDADES Derecho municipal argentino. Estudio y recopilación. Comisión Especial. Creación. Modificación sanc. 18/1/1973; promul. 18/1/1973; publ. 24/1/1973 En uso de las atribuciones conferidas por el art. 5 del Estatuto de la Revolución Argentina, El presidente de la Nación Argentina sanciona y promulga con fuerza de ley: Art. 1. Modifícanse los arts. 3 , 4 y 5 de la ley 16570, los que quedarán redactados de la siguiente forma: Art. 3. La comisión deberá expedirse en el término de un año, a partir de la fecha de su constitución, facultando al Ministerio del Interior a reglamentar sus funciones y aprobar su presupuesto. Art. 4. El digesto del derecho municipal argentino será editado por el Ministerio del Interior con cargo al presupuesto de su jurisdicción y ofrecido en venta a precios que cubran por reembolso los gastos de la edición. Art. 5. Autorízase al Poder Ejecutivo a invertir hasta la suma de cuatrocientos mil pesos ($ 400.000) que se imputará a los créditos del Ministerio del Interior para el ejercicio 1973. Art. 2. Comuníquese, etc. Lanusse Mor Roig Wehbe
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