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LEY 20290 CONVENCIONES COLECTIVAS DE TRABAJO Aduana ADUANA Personal de la Administración Nacional de Aduanas. Régimen laboral. Regulación sanc. 18/4/1973; promul. 18/4/1973; publ. 16/5/1973 En uso de las atribuciones conferidas por el art. 5 del Estatuto de la Revolución Argentina, El presidente de la Nación Argentina sanciona y promulga con fuerza de ley: Art. 1. El régimen de trabajo del personal de la Administración Nacional de Aduanas, se regulará mediante convenciones colectivas de trabajo, de acuerdo con lo establecido en la ley 14250 y a partir de las próximas reuniones en que se convoquen las comisiones paritarias. Art. 2. Comuníquese, etc. Lanusse San Sebastián Wehbe
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