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LEY 20307 BIENES DEL ESTADO Intercambio de terrenos con la provincia de Formosa. Aprobación sanc. 25/4/1973; promul. 25/4/1973; publ. 7/5/1973 En uso de las atribuciones conferidas por el art. 5 del Estatuto de la Revolución Argentina, El presidente de la Nación argentina sanciona y promulga con fuerza de ley: Art. 1. Apruébase el convenio suscripto el 27 de enero de 1972, entre el comandante en jefe de la Fuerza Aérea, por el Estado nacional y el gobernador de la provincia de Formosa por dicho Estado provincial, por el cual se formaliza un intercambio de terrenos con el objeto de facilitar la construcción de un centro deportivo y cultural en la ciudad de Formosa. Art. 2. Comuníquese, etc. Lanusse Aguirre Obarrio
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