This page was exported from infojudicial.com.ar - Noticias Judiciales [ https://www.infojudicial.com.ar/areas ] Export date:Tue May 12 13:55:00 2026 / +0000 GMT ___________________________________________________ Title: Legislación Nacional --------------------------------------------------- LEY 20510SEGURIDAD NACIONALRepresión y juzgamiento de delitos que lesionen principios básicos o la seguridad de las instituciones. DerogaciónSERVICIO PENITENCIARIOReglamento de detenidos de máxima peligrosidad. DerogaciónFUERZAS ARMADASJusticia Militar. Delitos especificados en el Código Penal y Militar sometidos a Consejo de Guerra. Derogaciónsanc. 27/5/1973; promul. 27/5/1973; publ. 28/5/1973El Senado y la Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, sancionan con fuerza de ley:Art. 1.– Deróganse las llamadas leyes 18670 , 18799 , 19053 , 19110 , 19195 , 19583 , 19805 , 19959 , 20187 , 18232 , 19128 , 19081 , 19594 , 20032 , 19582 , 19863 , 20087 , y el decreto ley 3731/1956 .Art. 2.– Cesan de inmediato los magistrados y funcionarios que ocupan los cargos creados por el art. 69 de la llamada ley 19053 y su modificatoria 19959 .Art. 3.– Las causas en trámite o tramitadas ante el organismo creado por la llamada ley 19053 , serán remitidas a sus jueces naturales.Art. 4.– El presidente de la sala en lo criminal y correccional de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Federal y Contencioso Administrativo, tomará a su cargo la distribución de las causas en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo anterior.Art. 5.– La Corte Suprema de Justicia de la Nación resolverá la situación del personal administrativo y de maestranza que ha cumplido funciones en el organismo que se disuelve por esta ley.Art. 6.– Créanse tres nuevas salas en la Cámara Nacional de Apelaciones en lo criminal y correccional y dos fiscalías a cuya dotación se aplicará, hasta cubrir los gastos necesarios, el presupuesto y los bienes destinados al cumplimiento de la llamada ley 19053 . El Poder Ejecutivo remitirá al Congreso un proyecto referente al empleo de restantes presupuestos y bienes, para el mejoramiento de la administración de justicia.Art. 7.– Deróganse todas las disposiciones que se opongan a la presente ley.Art. 8.– Comuníquese, etc.Lima – Lastiri – Laborda – Rocamora --------------------------------------------------- Images: --------------------------------------------------- --------------------------------------------------- Post date: 0020-00-09 20:17:55 Post date GMT: 0020-00-09 20:17:55 Post modified date: 0020-00-09 20:17:55 Post modified date GMT: 0020-00-09 20:17:55 ____________________________________________________________________________________________ Export of Post and Page as text file has been powered by [ Universal Post Manager ] plugin from www.gconverters.com