LEY 21106 (*)

ARRENDAMIENTOS Y APARCERÍAS RURALES

Boletos de compraventa. Fecha de vencimiento. Prórroga

sanc. 29/9/1975; promul. 22/10/1975; publ. 4/11/1975

(*) Promulgación por aplicación del art. 70 , Constitución Nacional.

El Senado y la Cámara de Diputados de la Nación Argentina sancionan con fuerza de ley:

Art. 1.– Prorrógase hasta el 30 de junio de 1977 la vigencia de las disposiciones de la ley 20772 .

Art. 2.– La presente ley es de orden público.

Art. 3.– Comuníquese, etc.

García – Sánchez Toranzo – Caressi – Lavia