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LEY 21122 LOCACIÓN Régimen. Vigencia. Prórroga. Valor locativo mensual. Incremento sanc. 30/9/1975; promul. 2/10/1975; publ. 8/10/1975 El Senado y la Cámara de Diputados de la Nación Argentina sancionan con fuerza de ley: Art. 1. Prorrógase desde el 30 de septiembre de 1975 al 30 de junio de 1976, la vigencia de las disposiciones de la ley 20625 . Art. 2. El valor locativo mensual para el semestre comprendido entre el 1 de julio y el 31 de diciembre de 1975, será el que resulte de incrementar en el 91,1% el vigente al 30 de junio de 1975. En los casos en que el locatario haya pagado el alquiler con un índice mayor, la diferencia resultante se aplicará a pagos futuros. Art. 3. Comuníquese, etc. García Toranzo Caressi Lavia |