|
|
|
LEY 21363 IMPUESTOS Créditos fiscales. Actualización. Régimen. Autorización a las provincias sanc. 27/7/1976; promul. 27/7/1976; publ. 2/8/1976 En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 5 del Estatuto para el Proceso de Reorganización Nacional. El presidente de la Nación Argentina sanciona y promulga con fuerza de ley: Art. 1.– La ley 21281 no comprende a los impuestos, tasas y contribuciones provinciales y de sus municipalidades. Las provincias podrán establecer un régimen de actualización similar al previsto por la ley citada o adecuado a sus circunstancias particulares, o mantener en vigencia los ya existentes, referidos a impuestos, tasas y contribuciones, incluidas las previsionales o de seguridad social, ya sean provinciales o de sus municipalidades. Art. 2.– Comuníquese, etc. Videla - Martínez de Hoz |