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Legislación NacionalLEY 21560 CONVENIOS INTERNACIONALES Brasil AERONAVEGACIÓN TRANSPORTE Acuerdo por el que se extienden los alcances del acuerdo para evitar la doble imposición sobre los beneficios provenientes del transporte marítimo y aéreo del 21 de junio de 1949. Aprobación sanc. 18/4/1977; promul. 18/4/1977; publ. 22/4/1977 En uso de las atribuciones conferidas por el art. 5 del Estatuto para el Proceso de Reorganización Nacional, El presidente de la Nación Argentina sanciona y promulga con fuerza de ley: Art. 1.– Apruébase el Acuerdo por el que se extienden los alcances del acuerdo para evitar la doble imposición sobre los beneficios provenientes del transporte marítimo y aéreo del 21 de junio de 1949, suscripto en Buenos Aires el 4 de febrero de 1975 entre el Gobierno de la República Argentina y el Gobierno de la República Federativa de Brasil, cuyo texto forma parte de la presente ley. Art. 2.– Comuníquese, etc. Videla - Guzzetti - Martínez de Hoz NdeR.: No se publica anexo. |
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