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LEY 22598 TELECOMUNICACIONES Transferencia de determinados servicios. Derogación sanc. 28/5/1982; promul. 28/5/1982; publ. 1/6/1982 En uso de las atribuciones conferidas por el art. 5 del Estatuto para el Proceso de Reorganización Nacional, El presidente de la Nación Argentina sanciona y promulga con fuerza de ley: Art. 1.– Déjase sin efecto el art. 10 de la ley 22420. Art. 2.– Comuníquese, etc. Galtieri - Martini
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