LEY 22598

TELECOMUNICACIONES

Transferencia de determinados servicios. Derogación

sanc. 28/5/1982; promul. 28/5/1982; publ. 1/6/1982

En uso de las atribuciones conferidas por el art. 5 del Estatuto para el Proceso de Reorganización Nacional,

El presidente de la Nación Argentina sanciona y promulga con fuerza de ley:

Art. 1.– Déjase sin efecto el art. 10 de la ley 22420.

Art. 2.– Comuníquese, etc.

Galtieri - Martini