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29/09/2003 LEY 23094 PARQUES Y RESERVAS Ballena franca austral. Monumento natural. Declaración sanc. 28/9/1984; promul. 19/10/1984; publ. 2/11/1984 El Senado y la Cámara de Diputados de la Nación Argentina, reunidos en Congreso, sancionan con fuerza de ley: Art. 1. Declárase monumento natural, dentro de las aguas jurisdiccionales argentinas y sujeto a las normas establecidas por la Ley de Parques Nacionales, Monumentos Naturales y Reservas Nacionales 22351 , a la ballena franca austral (Eubalaena australis). Art. 2. Las disposiciones de la presente ley regirán en los lugares sujetos a la jurisdicción exclusiva de la Nación y en las provincias que se adhieran al régimen de la misma y celebren los convenios necesarios con la autoridad competente. Art. 3. Comuníquese al Poder Ejecutivo. Pugliese Martínez Naveiro Macris
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