This page was exported from infojudicial.com.ar - Noticias Judiciales [ https://www.infojudicial.com.ar/areas ] Export date:Fri May 8 6:24:58 2026 / +0000 GMT ___________________________________________________ Title: Legislación Nacional --------------------------------------------------- 29/01/2004LEY 23186PREFECTURA NAVALPersonal en actividad con estado policial y personal retirado, jubilado y pensionado. Aportes previsionales. Modificaciónsanc. 30/5/1985; promul. 25/6/1985; publ. 2/7/1985El Senado y la Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso sancionan con fuerza de ley:Art. 1.– Sustitúyense los incs. a), b), c) y d) del art. 1 de la ley 22613 por los siguientes:a) El once por ciento (11%) sobre el haber mensual y suplementos generales.b) El trece por ciento (13%) del primer mes del haber mensual y suplementos generales de su nuevo grado de los egresados de escuelas y/o institutos de seguridad; del personal subalterno que ascienda a la categoría de oficial y del personal de aspirante al ser promovidos a la categoría de suboficiales, sin perjuicio del descuento del once por ciento (11%) correspondiente al sueldo del grado anterior.c) El importe de la diferencia del primer mes del haber mensual y suplementos generales, en los casos de ascenso o cambio de categoría cuando ello implique un incremento de tales ingresos del personal en actividad, sin perjuicio del descuento del once por ciento (11%) sobre el último ingreso por iguales conceptos que hubiere percibido en su retribución anterior.d) El trece por ciento (13%) del primer mes del haber mensual y suplementos generales de los que ingresen como personal subalterno de la fuerza.Art. 2.– Sustitúyese el art. 2 de la ley 22613 por el siguiente:Art. 2.– Fíjase para el personal retirado, jubilado y pensionistas, el siguiente régimen de aportes previsionales personales:a) El once por ciento (11%) sobre los haberes mensuales de retiro, jubilaciones y pensiones.b) El importe de la diferencia del primer mes del haber de retiro, jubilaciones y pensiones, cuando éste signifique un incremento con respecto al último haber percibido en actividad, sin perjuicio del descuento del once por ciento (11%) sobre éste.Art. 3.– Comuníquese al Poder Ejecutivo.Pugliese – Martínez – Bravo – Macris --------------------------------------------------- Images: --------------------------------------------------- --------------------------------------------------- Post date: 0020-00-09 20:26:00 Post date GMT: 0020-00-09 20:26:00 Post modified date: 0020-00-09 20:26:00 Post modified date GMT: 0020-00-09 20:26:00 ____________________________________________________________________________________________ Export of Post and Page as text file has been powered by [ Universal Post Manager ] plugin from www.gconverters.com