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07/08/2003 LEY 23208 SÍMBOLOS NACIONALES Bandera oficial. Derecho de uso. Determinación sanc. 25/7/1985; promul. 16/8/1985; publ. 20/8/1985 El Senado y la Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso sancionan con fuerza de ley: Art. 1. Tienen derecho a usar la bandera oficial de la Nación, el Gobierno Federal, los Gobiernos provinciales y del Territorio Nacional de la Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, así como también los particulares, debiéndosele rendir siempre el condigno respeto y honor. Art. 2. Derógase el art. 2 del decreto de fecha 25 de abril de 1884; el art. 3 del decreto 1027/1943 de fecha 19 de junio de 1943 y el art. 3 del decreto 10302/1944 de fecha 24 de abril de 1944. Art. 3. Comuníquese al Poder Ejecutivo. Pugliese Martínez Belnicoff Macris
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