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09/10/2003 LEY 23319 VIVIENDA Adjudicaciones realizadas por el Fondo Nacional de la Vivienda. Regulación sanc. 5/6/1986; promul. 27/6/1986; publ. 8/9/1986 El Senado y la Cámara de Diputados de la Nación Argentina, reunidos en Congreso sancionan con fuerza de ley: Art. 1. Quedan firmes las adjudicaciones de viviendas realizadas por el régimen de la ley 21581 , de las que hubieran resultado beneficiarios los integrantes del personal de defensa y seguridad federal, comprendidos en las disposiciones de la ley de facto, declarada reservada 21712 , siempre que, al momento de realizarse las referidas adjudicaciones, el nivel de ingreso del grupo familiar conviviente estuviese comprendido dentro de lo dispuesto en el art. 7 de la ley 21581, y se hubiese tratado de vivienda única de uso propio y permanente. Respecto de los restantes adjudicatarios, será de aplicación lo dispuesto en el art. 14 de la ley 21581. Art. 2. Comuníquese al Poder Ejecutivo. Pugliese Martínez Bravo Macris
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