This page was exported from infojudicial.com.ar - Noticias Judiciales [ https://www.infojudicial.com.ar/areas ] Export date:Fri May 8 3:08:22 2026 / +0000 GMT ___________________________________________________ Title: Legislación Nacional --------------------------------------------------- LEY 23337CONVENIOS INTERNACIONALESHungríaCULTURAConvenio de Cooperación Cultural con Hungría. Aprobación sanc. 30/7/1986; promul. 19/8/1986; publ. 25/2/1987El Senado y la Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso sancionan con fuerza de ley:Art. 1.– Apruébase el Convenio de Cooperación Cultural entre el Gobierno de la República Argentina y el Gobierno de la República Popular de Hungría, suscripto en Buenos Aires, el 30 noviembre de 1973, cuyo texto forma parte de la presente ley.Art. 2.– Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.Pugliese - Martínez - Bravo - MacrisAnexoCONVENIO DE COOPERACIÓN ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA ARGENTINA Y EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA POPULAR DE HUNGRÍAEl Gobierno de la República Argentina y el Gobierno de la República Popular de Hungría, animados por el deseo de fomentar la cooperación en el ámbito de la cultura, la educación, el arte y el deporte entre los dos países y de fortalecer las relaciones entre los dos pueblos en base a los principios del entendimiento mutuo, del interés común, del respeto a la soberanía y de la no intervención en los asuntos internos de sus respectivos países,Han convenido en concluir el presente convenio:Art. I.- Las partes contratantes se comprometen a promover toda actividad que contribuya al mejor conocimiento y desarrollo de la educación y la cultura de sus respectivos países.Art. II.- Las partes contratantes fomentarán el establecimiento de relaciones entre sus respectivas organizaciones e instituciones culturales, educacionales, artísticas y deportivas. Para ello:a) Promoverán el intercambio de experiencias, informaciones y documentos en ese ámbito;b) Estimularán el intercambio de profesores, especialistas educacionales, representantes de la cultura, las artes y el deporte;c) Procurarán el otorgamiento recíproco de becas para estudios superiores de postgrado y de perfeccionamiento educativo y cultural.Art. III.- Las partes contratantes se comprometen a que los textos escolares de ambos países presenten en forma objetiva los aspectos culturales, históricos y geográficos de cada una de las partes.Art. IV.- Las partes contratantes promoverán, mediante sus respectivas instituciones culturales y educacionales, el intercambio, traducción, publicación y divulgación de libros, folletos y otras publicaciones editadas en cada una de las partes sobre temas relacionados con la cultura, la historia, la educación, el arte y el deporte.Art. V.- Las partes contratantes facilitarán la organización recíproca de exposiciones de carácter cultural, educativo y artístico, como así también la proyección de películas y la presentación de conjuntos artísticos de cada una de las partes.Art. VI.- Las partes contratantes promoverán las relaciones entre las organizaciones de la radio y la televisión de sus respectivos países.Art. VII.- Las partes contratantes, por intermedio de sus respectivos organismos competentes, elaborarán un plan de trabajo cada dos años para la ejecución del presente convenio. Las condiciones financieras de la ejecución del convenio quedarán establecidas por los planes de trabajo.Art. VIII.- 1. El presente convenio entrará en vigor en la fecha del canje de los instrumentos de ratificación, que se efectuará en la ciudad de Budapest.2. Tendrá una duración de cinco años y se renovará automáticamente por períodos sucesivos de cinco años, si ninguna de las partes contratantes lo denunciare por vía diplomática seis meses antes de la expiración del período respectivo.3. En caso de denuncia del presente convenio sus cláusulas continuarán aplicándose a los proyectos ya comenzados, hasta su conclusión.Hecho en la Ciudad de Buenos Aires, capital de la República Argentina, a los treinta días del mes de noviembre del año mil novecientos setenta y tres, en dos ejemplares originales, en los idiomas castellano y húngaro, siendo ambos textos igualmente válidos.Por el Gobierno de la República Argentina: Alberto Juan Vignes, ministro de Relaciones Exteriores y Culto.Por el Gobierno de la República Popular de Hungría: Laszlo Orban, secretario de Estado de Educación y Cultura. --------------------------------------------------- Images: --------------------------------------------------- --------------------------------------------------- Post date: 0020-00-09 20:26:38 Post date GMT: 0020-00-09 20:26:38 Post modified date: 0020-00-09 20:26:38 Post modified date GMT: 0020-00-09 20:26:38 ____________________________________________________________________________________________ Export of Post and Page as text file has been powered by [ Universal Post Manager ] plugin from www.gconverters.com