Legislación Nacional
Decreto 825/2003 PRESIDENCIA DE LA NACION Dase por prorrogada la designación transitoria de Coordinador de Servicios Casa de Gobierno de la Administración de Servicios Generales de la D.G.A.de la Subsecretaría de Coordinación de la Secretaría General, dispuesta por el Decreto Nº 2751/2002.
Bs.As., 30/9/2003 VISTO la Ley Nº 25.725, los Decretos Nº 993 del 27 de mayo de 1991 (T.O.1995), Nº 491 del 12 de marzo de 2002, Nº 800 del 10 de mayo de 2002 y Nº 2751 del 31 de diciembre de 2002, la Resolución S.G.Nº 164 del 13 de mayo de 2002, S.S.G.P.Nº 2 del 30 de mayo de 2002 y la Resolución Conjunta S.S.G.P. S.H.Nº 9 del 10 de junio de 2002 y lo solicitado por la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION, y CONSIDERANDO:
Que por la citada Ley se aprobó el Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio 2003.
Que el artículo 18 de la mencionada Ley establece que las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Pública Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes al 1º de enero de 2003, ni los que se produzcan con posterioridad a dicha fecha, salvo decisión fundada del Jefe de Gabinete de Ministros o del PODER EJECUTIVO NACIONAL en virtud de las disposiciones del artículo 48 de la citada Ley.
Que mediante el dictado del Decreto Nº 2751 del 31 de diciembre de 2002, se prorrogó la designación transitoria del señor Mario Gabriel VITALE, en el cargo Nivel B Función Ejecutiva IV de Coordinador de Servicios Casa de Gobierno de la Administración de Servicios Generales de la Dirección General de Administración de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION de la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION.
Que mediante el Decreto Nº 491/02 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la jurisdicción correspondiente.
Que por el Decreto Nº 800/02 y la Resolución S.G.Nº 164/02 se aprobó la estructura organizativa de la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION hasta el primer nivel operativo con dependencia directa del nivel político y sus correspondientes aperturas inferiores.
Que por las dos últimas resoluciones mencionadas en el VISTO se aprobó el nuevo Nomenclador de Cargos de Funciones Ejecutivas de dicha Secretaría.
Que transcurrido el plazo de CIENTO OCHENTA (180) días a que se refiere el artículo 2º del citado Decreto Nº 2751/02 no se ha cubierto dicho cargo mediante proceso de selección, razones operativas hacen necesario prorrogar por un término similar la designación transitoria del agente mencionado.
Que dicha cobertura se hace exceptuándola de lo establecido en el artículo 18 de la citada Ley y de lo dispuesto por el Título III, Capítulos I, II y III y Título VI, artículo 71 primer párrafo, primera parte, del Anexo I del Decreto Nº 993/91 (T.O.1995).
Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario alguno.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes de los artículos 99, inciso 1º de la CONSTITUCION NACIONAL y de los artículos 18 y 48 de la Ley Nº 25.725 y lo dispuesto por el artículo 1º del Decreto Nº 491/02.
Por ello, EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:
ARTICULO 1º Dase por prorrogada a partir del 22 de agosto de 2003 la designación transitoria del señor Mario Gabriel VITALE (D.N.I.Nº 11.424.935) en el cargo Nivel B Función Ejecutiva IV de Coordinador de Servicios Casa de Gobierno de la Administración de Servicios Generales de la Dirección General de Administración de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION de la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION, que fuera dispuesta por Decreto Nº 2751/02.
La prórroga a la designación en el cargo aludido se dispone con carácter de excepción a lo establecido en el Título III, Capítulos I, II y III y Título VI, artículo 71 primer párrafo, primera parte, del Anexo I al Decreto Nº 993/91 (T.O.1995), y a lo dispuesto por el artículo 18 de la Ley Nº 25.725.
ARTICULO 2º El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme los sistemas de selección previstos por el SISTEMA NACIONAL DE LA PROFESION ADMINISTRATIVA Decreto Nº 993/91 (T.O.1995) en el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del 22 de agosto de 2003.
ARTICULO 3º El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción.
ARTICULO 4º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. KIRCHNER. Alberto A.Fernández. Aníbal D.Fernández.
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