This page was exported from infojudicial.com.ar - Noticias Judiciales [ https://www.infojudicial.com.ar/areas ] Export date:Mon May 11 6:10:57 2026 / +0000 GMT ___________________________________________________ Title: Legislación Nacional --------------------------------------------------- var disURL = '1300510/1304010/ly_23950.htm' ;document.write("");]]> LEY 23950PROCEDIMIENTO PENALFacultad policial de detener y demorar personas. Limitación sanc. 29/05/1991; promul. 04/09/1991; publ. 11/09/1991(*) Observada en su totalidad por decreto 1203/1991 (B.O. 28/06/1991). Posteriormente, insistida en su totalidad por nota de la Presidencia de Diputados de la Nación del 14/08/1991.Art. 1.– Sustitúyese el inc. 1 del art. 5 del decreto ley 333/1958, ratificado por la ley 14467 , por el siguiente:"Inciso 1.- Fuera de los casos establecidos en el Código de Procedimientos en Materia Penal , no podrá detenerse a las personas sin orden de juez competente. Sin embargo, si existiesen circunstancias debidamente fundadas que hagan presumir que alguien hubiese cometido o pudiese cometer un hecho delictivo o contravencional y no acreditase fehacientemente su identidad, podrá ser conducido a la dependencia policial que correspondiese, con noticia al juez con competencia en lo correccional en turno y demorada por el tiempo mínimo necesario para establecer su identidad, el que en ningún caso podrá exceder de diez horas. Se le permitirá comunicarse en forma inmediata con un familiar o persona de su confianza a fin de informar de su situación. Las personas demoradas para su identificación no podrán ser alojadas junto ni en los lugares destinados a los detenidos por delitos o contravenciones".Art. 2.– Comuníquese, etc. --------------------------------------------------- Images: --------------------------------------------------- --------------------------------------------------- Post date: 0020-00-09 20:29:38 Post date GMT: 0020-00-09 20:29:38 Post modified date: 0020-00-09 20:29:38 Post modified date GMT: 0020-00-09 20:29:38 ____________________________________________________________________________________________ Export of Post and Page as text file has been powered by [ Universal Post Manager ] plugin from www.gconverters.com