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LEY 24261 IDENTIFICACIÓN DE LAS PERSONAS Identificación, Registro y Clasificación del Potencial Humano Nacional. Infracciones. Amnistía sanc. 13/10/1993; promul. 11/11/1993; publ. 17/11/1993 El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de ley: Art. 1.- Amnistíase a las personas que a la fecha de la promulgación de la presente ley hubieren incurrido en las infracciones previstas en los arts. 35 , 36, 37, 38 y 39 de la Ley de Identificación, Registro y Clasificación del Potencial Humano Nacional n. 17671 sustituidos por el art. 1 de su similar 22435 . Art. 2.- La autoridad de aplicación arbitrará las medidas conducentes a regularizar la situación de aquellas personas beneficiadas por esta ley, fijando asimismo un plazo prudencial para su concurrencia a tales efectos. Art. 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional. PIERRI - MENEM - PEREYRA ARANDÍA DE PÉREZ PARDO - PIUZZI. Referencias: L 17671: ALJA -A-666 - L 22435: 198-A-261.
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