LEY 24943

CARTOGRAFÍA

Documentos cartográficos. Publicación. Modificación

sanc. 4/3/1998; promul. 26/3/1998; publ. 1/4/1998

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de ley:

Art. 1.- Incorpórase como art. 19 bis a la L 22963 el siguiente:

La publicación de cualquier documento cartográfico, folleto o mapa que haya sido aprobado por el Instituto Geográfico Militar de acuerdo a las normas establecidas en esta ley, deberá llevar una inscripción al pie del mismo, en forma visible y clara, que exprese "Aprobado por el Instituto Geográfico Militar" con su correspondiente número de expediente de aprobación.

Art. 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

PIERRI - RUCKAUF - PEREYRA ARANDÍA DE PÉREZ PARDO - PIUZZI.

 

NORMA CITADA: L 22963: 19-B-1746.