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LEY 24943 CARTOGRAFÍA Documentos cartográficos. Publicación. Modificación sanc. 4/3/1998; promul. 26/3/1998; publ. 1/4/1998 El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de ley: Art. 1.- Incorpórase como art. 19 bis a la L 22963 el siguiente: La publicación de cualquier documento cartográfico, folleto o mapa que haya sido aprobado por el Instituto Geográfico Militar de acuerdo a las normas establecidas en esta ley, deberá llevar una inscripción al pie del mismo, en forma visible y clara, que exprese "Aprobado por el Instituto Geográfico Militar" con su correspondiente número de expediente de aprobación. Art. 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo. PIERRI - RUCKAUF - PEREYRA ARANDÍA DE PÉREZ PARDO - PIUZZI. NORMA CITADA: L 22963: 19-B-1746.
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