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LEY 25225 CÓDIGO DE MINERÍA Modificación sanc. 24/11/1999; promul. de hecho 27/12/1999; publ. 29/12/1999 El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc., sancionan con fuerza de ley: Art. 1.- Sustitúyese el inc. c) del art. 3 del Código de Minería por el siguiente: Art. 3.- Inc. c) el arsénico, cuarzo, feldespato, mica, fluorita, fosfatos calizos, azufre, boratos y wollastonita; Art. 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo. PIERRI - MENEM - PEREYRA ARANDÍA DE PÉREZ PARDO - OYARZÚN. NORMA CITADA: Código de Minería -D 456/-: LA -B-1549.
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